Licitaciones Públicas

Convocatorias Descripción Fecha, Hora, Lugar de recepción y apertura de propuestas DESCARGAR
Convocatoria
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Bases
SITT-LC-SP-001-2018

Servicio de seguridad privada en 2 terminales y 48 estaciones para el Organismo Municipal para la Operación del Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros de Tijuana, B.C.

19 de Abril de 2018 a las 9:00 horas en la sala de Juntas del Organismo Municipal SITT

CONVOCATORIA
BASES

¿QUÉ ES TRANSPARENCIA?

La transparencia consiste en que los sujetos obligados hagan claro y visible: el ejercicio de sus funciones, el manejo de sus recursos y las decisiones que toman en el ámbito de su competencia; poniendo a plena disposición de la sociedad y del escrutinio público la información que poseen, de forma directa y accesible.

¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS OBLIGADOS?

Son todas las autoridades, entidades, órganos y organismos federales, estatales y municipales, que reciban y ejerzan recursos públicos y realicen actos de autoridad, dichos sujetos están obligados a transparentar, y permitir el acceso a su información, así como proteger los datos personales que obren en su poder.
En el caso del Municipio de Tijuana, son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información de manera independiente:
Los sujetos obligados deberán rendir cuentas de sus actos, transparentar sus acciones, así como garantizar y respetar el derecho de acceso a la información pública.
Lo anterior de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título Primero de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en el Capítulo III del Título Primero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California.

SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Es el Derecho ciudadano de requerir ante las Unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados, el acceso a información pública que se encuentra en documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven en sus archivos; sin necesidad de acreditar su personalidad, el tipo de interés, las causas por las cuales presentan su solicitud o los fines para los cuales habrán de destinar los datos solicitados.
Las solicitudes de acceso a la información se pueden presentar a través de los siguientes medios:
Lo anterior, de conformidad en lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California.

OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

Es aquella información relacionada con el funcionamiento, organización interna, ejercicio de recursos públicos, atención a la ciudadanía, informes, derechos humanos, determinaciones de autoridad, evaluaciones y estudios e información relevante respecto al actuar de los sujetos obligados; quienes por disposición legal deben publicarla en sus portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.
Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el Capítulo II del Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Capítulo II del Título Quinto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California.
Las obligaciones de Transparencia se identifican en los siguientes artículos que contempla la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California:
  • 81.- Correspondiente a la información de Interés Público.
  • 82.- Correspondiente a lo relacionado con los gastos de publicidad oficial.
  • 83.- Correspondiente a la información concerniente a determinados Sujetos Obligados

RECURSO DE REVISIÓN

Es el medio legal con el que cuentan las y los solicitantes para impugnar la respuesta de los Sujetos Obligados a su solicitud de acceso a la información pública. El recurso de revisión podrá interponerse por escrito libre, o a través de los formatos que al efecto proporcione el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Estado de Baja California.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el Capítulo I del Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Capítulo I del Título Octavo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California; y Reglamento para la Sustanciación de los Recursos de Revisión, Interpuestos ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California.

CUENTA PÚBLICA

La Cuenta Pública detalla los ingresos y egresos de los Sujetos Obligados respecto al ejercicio fiscal anterior, tiene como propósito comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los recursos se ejercieron de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
El fundamento legal de la cuenta pública se encuentra en Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California y sus Municipios.

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PROGRAMA ANUAL DE EVALUACIONES

Documento en el que los Sujetos Obligados dan a conocer la calendarización de actividades a realizar para llevar a cabo las evaluaciones del desempeño de los Indicadores incluidos en la Apertura programática. Su objetivo es contar con una estructura que defina procesos programados de evaluación y los medios para realizarlas.
El fundamento legal del Programa Anual de Evaluaciones se encuentra en la y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental y Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California.
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NORMATIVIDAD EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

Visita las Obligaciones
de Transparencia de
SITT al SIPOT


Tabla de Aplicabilidad
de las obligaciones
Transparencia Comunes


Índice de
Expedientes Reservados






TITULAR DE LA UNIDAD
DE TRANSPARENCIA

Lic. Enrique
Gamboa
Pérez

Blvd. Insurgentes s/n
Colonia Azteca
C.P. 22224
Tijuana, Baja California,
México, C.P. 22110.
Teléfono:
(664) 638-4879
Ext 1104

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